El jueves 9 de junio, el Parlamento Europeo aprobó una resolución no vinculante sobre la próxima sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el cas Dobbs contra la Organización de Salud de la Mujer de Jackson sobre la garantía constitucional del derecho al aborto.
La resolución titulada “Amenazas globales del derecho al aborto: la posible anulación del derecho al aborto en Estados Unidos por parte del Tribunal Supremo”, fue aprobada con 364 votos a favor, 154 en contra y 37 abstenciones.
No es la primera vez que el Parlamento Europeo se pronuncia sobre cuestiones jurídicas y legislativas en Estados Unidos en materia de aborto. En septiembre del año pasado, el Parlamento Europeo adoptó una resolución en la que condenaba enérgicamente la ley SB8 de Texas o Ley del Latido del Corazón. Y en su última resolución sobre el aborto, el tribunal europeo ha vuelto a condenar la ley de Texas, y se ha pronunciado sobre leyes similares de otros estados federales, así como de estados con leyes de “aborto de gatillo” que entrarían en vigor una vez Roe contra Wade sea revocada.
Sin embargo, esta resolución va un paso más allá e intenta ejercer una presión política directa sobre el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, llegando a imponer su propia interpretación de la Constitución de los Estados Unidos y de los derechos que de ella se derivan a la más alta instancia jurídica de los Estados Unidos.
A saber, entre la plétora de frases tópicas en las que abunda esta resolución: de la OMS/Guttmacher, las especulaciones sobre el número de muertes debidas a los abortos ilegales (cuyo análisis exige un artículo aparte) hasta los llamamientos a diversas resoluciones no vinculantes, comentarios y políticas que se ajustan a la ideología del aborto como “derecho humano fundamental”, es fácil pasar por alto el hecho de que en varias ocasiones el Parlamento Europeo califica el aborto de “derecho constitucional” en Estados Unidos, y la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Dobbs, que devolvería el aborto a la jurisdicción de los estados federales, lo califica de “eliminación de derechos constitucionales”.
Así, en varios casos de esta resolución, el Parlamento Europeo tuvo la osadía de determinar, en lugar del Tribunal Supremo de Estados Unidos, lo que constituye un derecho garantizado por la Constitución estadounidense y lo que no.
Al considerar oportuno expresar su “solidaridad con las mujeres y niñas de Estados Unidos” cuyos derechos humanos están supuestamente en peligro, el Parlamento Europeo reafirma el “importante papel de las ONG y de los activistas de los derechos reproductivos”, sin una sola palabra de condena ni una sola expresión de preocupación por el hecho de que el proyecto de decisión se haya filtrado al público, lo que constituye un acto delictivo y pone directamente en peligro el Estado de Derecho en Estados Unidos. Del mismo modo, el Parlamento Europeo no ha condenado en absoluto el acoso a los jueces del Tribunal Supremo, el reciente intento de asesinato de uno de los jueces del Tribunal Supremo de EE.UU. o la persistente violencia de los defensores del aborto en EE.UU., que está en su punto álgido estos días.
Por el contrario, sin ningún indicio de objetividad, con esta resolución el Parlamento Europeo continúa la serie de otros innumerables intentos de intimidar y desacreditar a la institución del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. No sólo se aferró a su hilarante y arrogante interpretación de la garantía constitucional del derecho al aborto, sino que ejerció presión política sobre otros poderes. En ella se pide al presidente Biden que garantice el acceso al aborto “seguro y legal”, y se pide al gobierno que garantice la “completa despenalización del aborto” (lo que significa la legalización del aborto a petición hasta el mismo momento del parto). Además, a la manera ya consagrada del llamado Informe Matić, pedía la regulación de la objeción de conciencia médica al aborto, poniendo “de conciencia” entre comillas.
Incluso antes de que el mencionado panfleto pro-aborto en forma de Informe Matić -llamado así por el político croata que lo redactó, y que es conocido por haber hecho público burlándose del derecho a la vida desde la concepción utilizando una analogía ignorante y vulgar entre la masturbación y el asesinato en masa- el Parlamento Europeo se ha fijado un rumbo completamente diferente al que, a juzgar por el proyecto de decisión filtrado, sigue el Tribunal Supremo de los Estados Unidos de forma consciente y argumentada.
En contra de las presiones antidemocráticas de la estructura supranacional europea sobre los estados pro-vida de los EE.UU. invocando la construcción legalmente no vinculante de un “derecho humano fundamental al aborto”, el Tribunal Supremo de los EE.UU. niega explícitamente la existencia de una base constitucional para tal derecho y devuelve la cuestión de la regulación del aborto al pueblo estadounidense y a sus representantes democráticamente elegidos.
Es comprensible que este planteamiento sea totalmente incomprensible para una institución que lleva años chantajeando a todos los Estados europeos soberanos, especialmente a aquellos cuyas constituciones, leyes y autoridades elegidas democráticamente se comprometen a proteger el derecho a la vida desde la concepción.
Además, el análisis jurídicamente impecable expuesto en el proyecto de decisión del Tribunal Supremo de EE.UU. en el caso Dobbs amenaza con exponer de una vez por todas la idea del “derecho humano fundamental al aborto” como absurda e infundada. En concreto, la decisión filtrada del Tribunal Supremo de Estados Unidos revela que ese derecho no existe en la Constitución de una de las democracias más desarrolladas del mundo ni en ningún acuerdo de derechos humanos jurídicamente vinculante, algo que el Tribunal Supremo de Estados Unidos conoce perfectamente.
Por ello, esperamos sinceramente que la próxima decisión oficial del Tribunal Supremo de EE.UU. se mantenga, con valentía y audacia, en una armonía esencial con el proyecto filtrado y cree así una oportunidad para el progreso global en el ámbito de la libertad, la democracia y los derechos humanos, incluido el derecho a la vida del feto.
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