Las uniones civiles entre personas del mismo sexo también se están considerando en Lituania, a pesar de que el 70 por ciento de los ciudadanos adultos del país dijeron en una encuesta de opinión realizada el año pasado que estaban en contra.
Actualmente, el artículo 38 de la Constitución lituana establece que “el matrimonio está permitido con el libre consentimiento mutuo de un hombre y una mujer”. En cambio, el “matrimonio” entre personas del mismo sexo está explícitamente prohibido por el artículo 3.12 del Código Civil, que establece que “se permite el matrimonio con una persona del sexo opuesto”. Se permiten las uniones civiles, pero exclusivamente para parejas heterosexuales.
El mes pasado, el parlamento admitió a debate un proyecto de ley que querría introducir las parejas del mismo sexo en el ordenamiento jurídico del país, con 70 votos a favor y 52 en contra. En mayo de 2021, un intento similar había sido rechazado por el parlamento, con una diferencia de sólo dos votos.
En cambio, ahora el proyecto de ley entrará en debate, aunque con la oposición de muchos diputados que temen, entre otras cosas, que sea un primer paso hacia una versión más “ampliada” y lograría un “matrimonio” del mismo sexo en toda regla.
También los obispos de la conferencia episcopal lituana se oponen al nuevo proyecto de ley y en una carta a los fieles instaron a los parlamentarios a votar en contra de la propuesta, citando las palabras de 2016 del Papa Francisco en las que el pontífice afirmó que “las uniones de hecho o del mismo sexo no pueden equipararse sin más al matrimonio”.
“El proyecto de ley de uniones civiles propone esencialmente lo que el Papa Francisco nos insta a no hacer”, escribieron, “que es equiparar las uniones de hecho y del mismo sexo con el matrimonio. No podemos apoyar este proyecto de ley, que distorsiona y devalúa los conceptos de matrimonio y familia”.
Los obispos afirmaron además que la unión civil podría ser “un caballo de Troya” que condujera al matrimonio civil.
Lituania es un país predominantemente católico y, con una legislación que data de 2005, prohíbe “la discriminación por motivos de orientación sexual en los ámbitos del empleo, la educación y el acceso a bienes y servicios”. La violencia contra las personas LGBT+ y las minorías está explícitamente prohibida en el Código Penal del país, en el artículo 170.
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