El Tribunal Supremo de Brasil ha confirmado una decisión que permite que los crucifijos y otros símbolos religiosos permanezcan expuestos en edificios públicos. La polémica comenzó en 2009, cuando un ciudadano denunció que la presencia de un crucifijo en la Sala de Plenos del Tribunal Regional Electoral del Estado de São Paulo vulneraba los principios constitucionales de libertad de creencias y laicidad del Estado. A pesar del apoyo del Ministerio Público Federal, el caso del ciudadano no prosperó ni en el juicio inicial ni en la apelación. Cuando el litigio se llevó ante el Tribunal Supremo, el demandante se enfrentó a la oposición de la Asociación Nacional de Abogados Evangélicos y de la Conferencia Brasileña de Obispos Católicos. El tribunal justificó la presencia de símbolos cristianos en edificios públicos como parte de las tradiciones culturales del país, que se remontan a la época colonial. Según el tribunal, la retirada de dichos símbolos podría poner en entredicho numerosos días festivos e incluso los nombres de calles, plazas, lugares públicos y escuelas que reflejan la herencia cristiana de Brasil. El tribunal dictaminó que estos símbolos no infringen ningún principio siempre que su finalidad sea una representación de la tradición cultural de la sociedad brasileña. En apoyo de la sentencia, el juez Cristiano Zanin citó la decisión “Lautsi” del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2011. La sentencia europea permitía seguir exhibiendo crucifijos en las escuelas públicas de Italia. Zanin concluyó que la presencia de símbolos religiosos en espacios públicos no compromete la imparcialidad de los administradores o los jueces, ni vulnera la libertad de las personas a adherirse a una religión, renunciar a ella o no tenerla.
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