El Tribunal Supremo español ha dictaminado que la maternidad subrogada implica la explotación de la mujer y atenta contra la dignidad y los derechos de los niños concebidos. La sentencia, emitida el 9 de diciembre, afirma que la decisión de un órgano jurídico extranjero, en este caso el condado de Bexar (Texas), por la que se valida un contrato de maternidad subrogada y se atribuyen derechos parentales a los padres contractuales, es “contraria al orden público”. https://twitter.com/AFpost/status/1869106163478073648 La sentencia del tribunal se basa en los “derechos fundamentales y principios constitucionales” del ordenamiento jurídico español, que incluyen el respeto a la dignidad y los derechos tanto de la mujer gestante como del niño. Según el Tribunal Supremo, la maternidad subrogada trata tanto a la mujer como al niño como mercancías con las que se puede comerciar, socavando así su dignidad humana inherente. La práctica también vulnera el derecho del menor a su propio origen biológico, sometiendo a la mujer a tratamientos hormonales potencialmente agresivos para inducir el embarazo. El tribunal también subrayó que los contratos de maternidad subrogada, como el sancionado por el tribunal estadounidense, implican importantes transacciones monetarias, parte de las cuales van a parar a la madre de alquiler. Así pues, el pago subvierte el consentimiento genuino de la madre de alquiler para renunciar al hijo que está gestando.
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