Derecho a las vacunas

Los convenios internacionales y las leyes nacionales reconocen de manera expresa todas las implicaciones del derecho a la salud y la atención en especial en casos de emergencia.

Mientras en la prensa y otros medios se ha puesto en evidencia el polémico estado de las discusiones entre la Unión Europea y la empresa británica AstraZeneca para que la misma cumpla los compromisos contraídos en términos legales y morales. como bien lo ha apuntado la presidenta del Ejecutivo comunitario, Ursula Von der Leyen,  en vista de que: “Europa ha invertido miles de millones para ayudar a desarrollar las primeras vacunas del mundo contra la covid-19“, y al mismo tiempo, esa firma ha respondido que la tardanza e insuficiencia: “se debe principalmente a un rendimiento de producción inferior al previsto que afecta al número de dosis producidas por lote” señalando que: “Solo nueve meses desde que la compañía se asoció por primera vez con la Universidad de Oxford para desarrollar y fabricar una vacuna segura y eficaz que nosotros podría suministrar de manera amplia, equitativa y oportuna sin fines de lucro durante la pandemia“, la mayoría en España y otros lugares esperamos la vacuna.

Se comprende la existencia de un complejo problema contractual y legal pero, al mismo tiempo, se evidencia una falta de organización y transparencia, de certeza para los ciudadanos que necesitan la vacuna cuanto antes, todos aquellos los que están en el primer frente contra la pandemia por sus actividades sanitarias, de seguridad, de prestación de servicios públicos de todo género, los comerciales, docentes y tantos otros que se exponen diariamente y sus familia, pero, al final, toda la población expuesta a una pandemia que se ha extendido y que debe ser controlada y eliminada con dos medidas esenciales: una campaña de vacunación activa y masiva que vincule a todas las fuerzas y organizaciones sociales y privadas con agenda específica y mecanismos ágiles y transparentes, por una parte y por la otra, el diseño y aplicación de verdaderos protocolos y procedimientos de limpieza cuya ausencia se observa a simple vista, así como también es necesario una activa y bien concebida campaña de educación ciudadana.

En este difícil y exigente momento en el cual se debe actuar de manera general, segura y firme, como si nos encontrásemos en un estado de guerra, un estado de emergencia en materia de salud pública como en efecto lo es, todo un conjunto coherente de medidas deben adoptarse y aplicarse sin dilación, con alto compromiso, con gran profesionalismo, con unidad nacional ya que la pandemia no espera y su avance o retroceso depende de la efectividad de todos los agentes, calidad y prontitud de las acciones involucradas.

Los convenios internacionales y las leyes nacionales reconocen de manera expresa todas las implicaciones del derecho a la salud y la atención en especial en casos de emergencia. Es un derecho humano fundamental que no puede ser desconocido y que obliga en este momento en especial a su reconocimiento y aplicación. No puede haber más tardanza e incertidumbre en este proceso en el cual no sabemos a la fecha cuando serán vacunadas, por ejemplo, las personas vulnerables, los mayores, los trabajadores, los ancianos y los jóvenes, todos, todos.

La respuesta debe ofrecerse de inmediato. La apertura de otras opciones en materia de producto debidamente aprobado por las autoridades comunitarias de salud es indispensable. El compromiso de Estado y del sector privado en que se concrete esta campaña de vacunación es evidente, tanto así que el propio laboratorio ha señalado los elementos de esta acción que debe ser: “amplia, equitativa y oportuna” a lo que agregamos prioritaria, urgente, accesible económicamente, sin discriminación ya que la situación no admite más demoras.

Jfd599@gmail.com

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